Proceso Electoral

Club Español del Epagneul Bretón

REFORMA DE LOS ESTATUTOS: 
PROCESO ELECTORAL DEL CLUB ESPAÑOL EPAGNEUL BRETON

CONVOCATORIA

1. La convocatoria de elecciones corresponderá al Presidente del Club al final de cada
legislatura, que será de cuatro años.
La convocatoria se publicará en la sede social y página web del Club y se remitirá a
los socios mediante carta que se enviará por correo ordinario.
2. La Junta Directiva saliente, después de la convocatoria y antes de su dimisión,
nombrará en un plazo de quince días hábiles una Comisión Gestora, que se
compondrá de tres titulares y un suplente.
3. Para ello, los socios que reúnan los requisitos que se establecen a continuación,
solicitaran a la Junta Directiva saliente, mediante burofax o carta certificada con
acuse de recibo remitida al Club, en la que se haga constar su nombre, apellido, DNI
y número de socio, su nombramiento para formar parte de dicha Comisión.
4. Si las solicitudes fueran superiores al número de componentes establecido, la Junta
Directiva saliente nombrará a los socios más antiguos para el desempeño de dicha
función.
5. Si el número de solicitantes fuera inferior al de cuatro, los miembros de la Junta
Directiva saliente estarán obligados a componer dicha Comisión en el número que
falte, y si ninguno de ellos o todos estén interesados en ocupar dicha función, la
controversia se decidirá nombrando a aquellos de mayor antigüedad.
En este último caso, se valorarán las circunstancias especiales que puedan concurrir
en estos, con el fin de liberar de dicha obligación, al que realmente no pueda cumplir
con dicha función.
6. Nombrados los miembros de la Comisión Gestora, la Junta Directiva saliente dimitirá
de su cargo.

COMISION GESTORA

7. La Comisión Gestora estará compuesta por tres miembros titulares y un suplente
que deberán reunir los siguientes requisitos para su nombramiento:
. Ser socios del Club con una antigüedad superior a 1 año al día de la convocatoria de
las elecciones.
. Estar al corriente en el pago de las cuotas al día de la convocatoria de elecciones.
.Estar en pleno uso de sus derechos civiles.
. No estar inhabilitado para cargo público o haber sido sancionado por infracción
deportiva alguna.
8. Las funciones de la Comisión Gestora serán entre otras:
. Asumir la dirección del Club durante el proceso electoral.
.Asumir la representación legal del mismo ante cualquier órgano durante dicho
proceso.
. Dirigir e impulsar el calendario electoral.
. Resolver cualquier reclamación que se produzca en el transcurso del mismo,
mayores de edad, en pleno.

SOCIOS ELEGIBLES Y ELECTORES

9. Las candidaturas estarán formadas por socios en el uso de sus derecho civiles y al
corriente en el pago de las cuotas, que no estén inhabilitados para el desempeño de
un cargo público, así como que no hayan sido sancionados por infracción deportiva
alguna, todo ello a fecha de la convocatoria electoral.
10. Los electores serán los socios mayores de dieciséis años y que cumplen el resto de
requisitos para ser elegibles.

CANDIDATURAS

11. Las candidaturas estarán compuestas como mínimo por los siguientes cargos:
Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y dos Vocales, si bien todos menos
el de Presidente, podrán ser más de uno.
12. Estás deberán presentarse en el momento, lugar y forma que indica el calendario
electoral.

CALENDARIO ELECTORAL

13. La Comisión Gestora del Club publicará en un plazo no superior a tres días hábiles, en
la sede social y en página web del Club, el censo electoral con el número de socio,
nombre y apellidos de los mismos, protegiendo aquellos datos cuya publicación este
prohibida por la legislación vigente.
14. El Censo Electoral permanecerá expuesto durante el plazo de tres días hábiles para
que los socios puedan comprobar si se encuentran en el mismo o no. En los tres días
siguientes a la exposición de dicho Censo los socios podrán formular las
reclamaciones que estimen convenientes relativas al Censo Electoral ante la
Comisión Gestora.
15. En termino de cinco días hábiles, y previa las comprobaciones oportunas, la Comisión
Gestora resolverá aquellas reclamaciones formuladas contra el Censo publicado.
16. Elevado el Censo Electoral a definitivo, la Comisión Gestora abrirá un plazo de diez
días naturales para presentar las candidaturas que deberán cumplir las siguientes
formalidades:
. Las candidaturas se presentarán dentro del plazo indicado en la sede social del
Club, o en aquella que de forma provisional haya determinado la Comisión Gestora.
.Se presentarán por medio de burofax o carta certificad con acuse de recibo o
cualquier otro medio que asegure la recepción de la misma por la Comisión
.Además de indicar los socios que ocuparán cada cargo, dichas candidaturas podrán
facilitar su programa electoral, redactado, en un máximo de tres folios, para que la
Comisión Gestora pueda hacer llegar el mismo al resto de los socios.
Por último, indicarán los socios que representando a cada candidatura acudirán el
día de la elección como interventores.
17. Finalizado el plazo de presentación, la Comisión Gestora anunciará las candidaturas
admitidas, tanto en la sede social como en la página web del Club.
18. En un término no superior a veinte días naturales la Comisión Gestora convocará a
una Junta General Extraordinaria en la que se llevará a cabo la votación de las
candidaturas y proclamación de la ganadora.

PROCEDIMIENTO DE VOTACIÓN

19. El proceso de votación se efectuará acreditando el votante su condición ante la
Comisión Gestora, que anotará al margen del censo electoral con material indeleble
que lo ha efectuado. A continuación el votante entregará el voto que se introducirá
en la urna añadiendo en voz alta la palabra “vota”.
20. A los efectos de facilitar la votación, el Club habilitará un modelo de papeleta
encabezada con el nombre y los dos apellidos del Presidente de las candidaturas
admitidas. Serán consideradas nulas aquellas papeletas que :
a) No se ajusten al modelo establecido por el Club.
b) Incluyan más de un nombre como Presidente de las candidaturas admitidas.
c) Añadan a la papeleta cualquier anotación no referida a la votación.
d) Efectúen votación a personas que no estén incluidas en las candidaturas.
21. La votación se efectuará colocando el votante una cruz o aspa delante del nombre
del Presidente candidato.
22. Llegada la hora de finalización de la votación, uno de los miembros de la Comisión
Gestora ordenará cerrar el lugar donde se efectúe la votación, no permitiendo,
Partir de ese momento, el acceso a ningún votante. Sólo podrán realizarla aquellas
personas que se encuentren en la sala.
El orden de votación en este caso será:
1º Votantes que no la hubieran efectuado y que se encuentren en la sala.
2º Votos por correo
3º Interventores.
4º Miembros de la Comisión Gestora.
23. Finalizada la votación, los miembros de la Comisión Gestora procederán al
escrutinio, que será público y de acuerdo al siguiente mecanismo:
1º se abrirán las puertas por si alguna persona quiere presenciarlo.
2º Se desprecintará la urna y volcarán las papeletas.
3º Se procederá al recuento de los votos emitidos que en todos los casos será
coincidente con el número de votantes. En caso de no coincidir, se declarará nula la
votación, que deberá repetirse al cuarto día natural del mismo.
4º Se indicará el escrutinio de cada candidatura.
5º Finalizado éste, se levantará la correspondiente acta que, firmada por los
interventores y componentes de la mesa, especificará:
a) Votos válidos.
b) Votos en blanco.
c) Votos nulos.
d) Número de votos obtenidos por cada candidatura.
e) Alegaciones que pudieran hacer los interventores y componentes de la mesa
Por último se destruirán la totalidad de las papeletas en el caso de que estén
conformes todas las partes. De no ser así, se incorporarán al acta de resultados.
24. Para el voto por correo se establecen las siguientes normas:
. Los electores que deseen hacer uso del voto por correo podrán efectuarlo, siempre
que cumplan el requisito de estar en el censo electoral, enviando la papeleta oficial
del voto con el nombre del Presidente de una de las candidaturas, dentro del sobre
pequeño, que una vez cerrado y acompañado de una fotocopia del DNI del votante
(sobre pequeño + DNI) se introducirá en el sobre más grande que facilitará la
comisión Gestora a todos los socios, procediendo a continuación a enviar este sobre
más grande al lugar que previamente establezca aquella.
.Los votos por correo deberán estar a disposición de la comisión Gestora con
anterioridad a que se inicie el horario de votación.
.No será considerado voto por correo aquel que no cumpla los requisitos
establecidos en los apartados anteriores.
.En estos casos, el proceso a seguir será:
1º Finalizada la votación personal y antes de iniciarse la correspondiente a
interventores y Comisión Gestora recogerá los votos por correo hábiles y, previa
comprobación de estar incluidos en el Censo, se procederá a introducir el voto en la
urna.
2º todos los electores que hayan votado por correo podrán comprobar en el censo
que han ejercido su derecho.
3º aquellos votos que se reciban una vez iniciada la votación no serán válidos,
procediendo la Comisión gestora a su destrucción sin que hayan sido abiertos.

PROCLAMACION DE CANDIDATURAS

25. Finalizado el proceso electoral, la candidatura que reúna un mayor número de votos
será proclamada como ganadora de las elecciones, recogiéndose así en el acta que se
levante de dicha sesión.
26. 2Si se produjese empate entre dos o más de las candidaturas presentadas, se
convocará una nueva Junta General extraordinaria para llevar a cabo una nueva
votación, y si el empate persistiese se convocaran sucesivas hasta que éste no se dé.

RECURSOS

27. Cualquier reclamación o recurso que se formule contra las actuaciones que se lleven
a cabo dentro del proceso electoral, será interpuesto en forma y plazo indicado en el
mismo, y será resuelto por la Comisión Gestora del Club.

CALENDARIO ELECTORAL
NOMBRAMIENTO JUNTA GESTORA DESDE EL 2 al 17 Febrero
PUBLICACION CENSO ELECTORAL DEL 18 AL 20 Febrero
ALEGACIONES AL CENSO ELECTORAL Del 21 al 25 Febrero
PUBLICACION CENSO DEFINITIVO 1 Marzo
PRESENTACION DE CANDIDATURAS Del 1 marzo al 10 de Marzo
PROCLAMACION DE LAS CANDIDATURAS DIA 11 MARZO
VOTACION Y ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DIA 23 MARZO