Reglamento CEEB San Huberto

CAMPEONATO ESPAÑA DEL C.E.E.B (version 2019)

Articulo 1: OBJETIVOS

El objetivo del Campeonato de España de San Huberto para Cazadores y Cazadoras con Perros de la raza Epagneul Bretón es la promoción y valoración del espíritu deportivo del cazador en una competición de alto nivel que sepa destacar los aspectos cinófilos y técnicos del ejercicio de la caza y la educación de los cazadores en el respeto de la naturaleza y la ecología así como destacar el método de caza con un perro de Raza Epagneul Bretón, intentando sacar a relucir todas sus cualidades naturales y su capacidad de adiestramiento.

De la anterior definición de la finalidad del campeonato de caza San Huberto con Epagneul Bretón es el evaluar y dar a conocer el mejor cazador auxiliado del mejor Epagneul Bretón de caza San Huberto.

Cuatro son los aspectos fundamentales de esta prueba:

  • la seguridad
  • la compenetración cazador-perro
  • la efectividad y
  • la excepcional cualidad de su perro.

La función de los jueces en las competiciones de San Huberto debe ceñirse a lo que indica esta adaptación de reglamento de la modalidad San Huberto, no entrando en aspectos organizativos, salvo que sean requeridos para ello por los responsables.

 

Articulo 2: REALIZACIÓN DEL CAMPEONATO

  • Las fases de semifinales inter-autonómicas para acceder a la Final del Campeonato de España del CEEB, serán organizadas por las Delegaciones Autonómicas del Club Español Bretón de España.
  • Las pruebas del campeonato se regirán por las normas contenidas en este Reglamento.
  • La convocatoria anual podrá completar, aclarar o modificar estas normas.
  • El CEEB. será el único organismo competente para resolver cuantas incidencias surjan en estos Campeonatos.
  • Las normas de funcionamiento elaboradas por la Dirección de Competiciones, su composición y competencias, serán las que la Club Español del Epagneul Bretón determine.

FASE SEMIFINAL O INTERAUTONÓMICA:

  • Se realizarán desde la finalización de la Monográfica del Club del año anterior y hasta un mes a la celebración de la Monográfica del año de esta Final de Campeonato de España del Club Español de Epagneul Bretón.
  • Participarán en la misma los cazadores / cazadoras que lo deseen auxiliados de los perros de raza que estimen, solo teniendo en cuenta para la clasificación de este campeonato los concursantes con perros de raza Epagneul Bretón.
  • El número total de participantes serán los que estimen oportunos las delegaciones para la celebración de la semifinal en condiciones óptimas. En relación a terrenos, caza y jueces.
  • El número de representantes de cada provincia o autonomía para esta semifinal deberá asignarlas las delegaciones organizadoras, pudiéndose dejar libre.
  • Ninguna Autonomía que desee participar puede quedar sin representación en la fase semifinal. Y deberá competir en la semifinal correspondiente por zona.
  • El sorteo se efectuará entre todos los participantes de forma general cazadores/cazadoras.
  • La participación de los concursantes se dividirá en baterías con el número y formación que estimen oportuno los organizadores, si hubiese dos o más baterías con más de dos Epagneul Bretón clasificados en las mismas debería disputarse un barrage, para dar la clasificación de dos cazadores con bretón por Semifinal para el Nacional de la modalidad.
  • Se clasificarán para la Final del Campeonato de España dos cazadores / cazadoras con Epagneul Bretón por Semifinal, menos en la autonómica de Baleares y las Canarias que será un cazador el clasificado para la Final, debiendo también de mencionar dos reservas en cada semifinal.
  • Para tomar parte en el concurso semifinal o interautonomico no es necesario ser miembro del Club Español del Epagneul Breton, siendo un requisito imprescindible para optar a competir en la final de este campeonato.
  • Los campos de actuación serán sorteados y la especie cinegética será, siempre que sea posible la perdiz, dejando en posibles otras especies cinegéticas que por circunstancias debiesen utilizarse.
  • Los grupos Inter-Autonómicos o Semifinales son los siguientes:
    1. Aragón-Cataluña-Comunidad Valenciana.
    2. Andalucía-Extremadura
    3. Murcia-Castilla la Mancha – Madrid
    4. Castilla León – Galicia- Cantabria – Asturias
    5. País Vasco – La Rioja – Navarra
    6. Baleares
    7. Canarias

FASE FINAL CAMPEONATO DE ESPAÑA CEEB:

  • Se celebrará en la Monográfica del año en curso.
  • Participarán los dos primeros clasificados de cada Semifinal y el representante de Baleares y el de Canarias celebrada el día anterior más Campeón del año anterior de Campeonato de España del CEEB. La puntuación obtenida en cada turno de clasificación por los distintos participantes, en la primera manga, sólo tiene valor para determinar los dos primeros clasificados de esa batería, que junto con los dos primeros de la otra, pasarán a realizar el desempate, si hubiera dos baterías. El primero de cada batería disputaran el primer y segundo lugar y el segundo de cada batería el tercer y cuarto lugar de la final.
  • Si hubiera tres ó más baterías sólo se clasifica el primero de cada una.
  • Para clasificarse al desempate, se deberán obtener al menos 60 puntos.
  • El desempate estará juzgado por dos jueces de entre los que juzgaron anteriormente las pruebas de clasificación.
  • El tiempo de esta segunda manga será de 15 minutos por concursante.
  • Para obtener el título de Campeón de España del CEEB, el deportista deberá abatir y cobrar al menos una pieza de las autorizadas bien en su turno o bien en el desempate.

 

Articulo 3 : DELEGADOS TÉCNICOS

La designación, por la organización de la prueba, de los Delegados Técnicos se realizará entre los cazadores o Jueces con experiencia práctica de competición de caza San Huberto y un perfecto conocimiento del presente Reglamento.

Art. 3.1. LOS DELEGADOS TÉCNICOS TIENEN LOS SIGUIENTES COMETIDOS

a) Acompañar al Jurado a lo largo del terreno sobre el que se deberá tener un perfecto conocimiento.

b) Observar el perfecto desarrollo de la prueba.

c) Antes de comenzar la prueba, el Delegado Técnico, deberá indicar al Jurado y al concursante los límites del terreno dentro de cual podrá realizar su turno de caza y recordar, además, las especies de caza autorizadas.

d) Adoptar todas las medidas necesarias para el correcto desarrollo de la prueba, vigilando la regularidad de las mismas y el respeto riguroso de las normas del presente Reglamento y del programa.

e) Retirar al final del turno de competición los juicios expresados por cada Juez y ponerlos a disposición de la Secretaría del Campeonato.

f) Resolver en primera instancia, eventuales reclamaciones, que deberán ser presentadas por escrito y con la firma del concursante (Art. 14).

Art. 3.2.

El Delegado Técnico, colaborará a nivel práctico con el Jurado, pero no tiene influencia alguna en lo que concierne a las decisiones del mismo.

 

Articulo 4: LOS JUECES ÁRBITROS

Los Jueces-árbitros están inscritos en el registro de Jueces de San Huberto, de la Real Federación Española de Caza. Por consentimiento de la misma, en voz de su delegada Nacional Sra. Dª Susana Zabala y el Delegado Nacional de los Jueces Árbitros D. Eulogio Martí.

 

Art. 4.1. La designación de los Jueces-Árbitros es de competencia:
a) Para las eliminatorias Semifinales Inter-autonómicas dos Jueces federativos nombrados por la Delegación Autonómica del CEEB correspondiente.
b) Para la Final: para cada batería un juez federativo, nombrados por el CEEB.
 
Art. 4.2.
Los Jueces-árbitros redactan cada uno la tarjeta de puntuación, debidamente normalizada al efecto y que consta en el anexo.
 
Art. 4.3.
Los Jueces-árbitros entregarán al final del concurso las tarjetas de los participantes con la puntuación y firma legible al Delegado Autonómico.
 
Art. 4.4.

EL Juez no podrá juzgar, en ningún caso, a un participante con el que le vincule relación de parentesco, o que concurse con un perro criado por él o que sea de su propiedad.

 

Articulo 5: CONDICIONES PARA FORMAR PARTE EN LA PRUEBA

Los cazadores participantes deberán acreditar para intervenir en estos Campeonatos de Caza San Huberto, que reúnan las siguientes condiciones:

a) Estar en posesión de la documentación exigida por las leyes para la práctica de la
caza.
b) Estar en posesión de la Licencia Federativa en vigor.
c) Pertenecer en la fecha de la iniciación de la prueba a la Sociedad de Cazadores Federada a que represente, lo que acreditará con el correspondiente certificado.
d) Servirse de escopeta y auxiliarse de perro de caza debidamente inscrito en el Libro de Orígenes (L.O.E.)
e) No deberá ser obligatorio pertenecer como socio al CEEB, para concursar en este campeonato.

Art. 5.1.
La reserva puede sustituir uno de los concursantes hasta el momento de llamada por el turno de competición y será posible sustituir, bien sea sólo al perro o bien al cazador, o a los dos, cazador y perro.
La sustitución a que se refiere este artículo es siempre antes de la llamada para el turno de competición, nunca se podrá sustituir ni cazador ni perro para el desempate ya que éste se considera una continuación del turno.

 

Articulo 6: EXCLUSIONES

Art. 6.1.
En ningún caso se admitirán perras en celo, perros mordedores, perros víctimas de enfermedad contagiosa, hembras con gestación avanzada o recién paridas, y perros con lesión o cojera manifiesta.


Art. 6.2.
Los concursantes no pueden inscribirse en la misma competición con varios perros.


Art. 6.3.
Los perros que hayan efectuado ya su turno de prueba no pueden ser utilizados por otro concursante en la misma competición. Por la misma competición se debe entender el mismo día o prueba y no las distintas fases del Campeonato de España.

 

Articulo 7: TURNO

Art. 7.1.
El cazador, sólo con su perro, efectúa un turno cuya duración es de VEINTE minutos.


Art. 7.2.
El Delegado Técnico, ofrecerá a cada participante, dentro de los límites establecidos, un terreno que le permita efectuar el recorrido sin interrupción.
Dentro de las limitaciones indicadas, los jueces indicarán al participante el inicio y la zona en la que se realizará su turno. En campo corrido, el concursante deberá continuar a partir de donde acabe el participante que le preceda.


Art. 7.3.
En caso de que los jueces estimen que el terreno útil se ha agotado antes de terminar el turno, el tiempo para el desplazamiento a otro terreno, no será incluido en la duración del turno.
En el caso de que la competición se realice en un único campo y con caza sembrada, la organización tendrá previsto un campo de reserva, para que pueda terminar su turno de actuación aquel concursante que, estando realizando la prueba en el campo que le haya correspondido por sorteo, el Jurado determine paralizar su turno, si se verifica que no queda caza sembrada en los supuestos siguientes:


a) Los jueces han visto salir del campo de competición dos piezas. Aclaración: El concursante no tiene derecho a pedir que se compruebe si las piezas están o no en su punto de siembra.
b) Que las piezas hayan volado hacia el público, después de haberlas mostrado el perro y siempre y cuando el cazador las haya azuzado para su huida y posterior abatimiento, desde dirección correcta (espaldas al público).
c) o por cualquier otra circunstancia ajena al participante o al perro, no se las puede abatir por disparo, el juez deberá poner otro campo a disposición del participante. Por ejemplo el caso en que las dos piezas de forma ostensible y tras intentarlo el cazador reiteradamente no vuelen.


Art. 7.4.
El cazador puede realizar cuatro disparos, pudiendo llevar consigo hasta seis cartuchos (se recomienda utilizar escopeta de dos cañones). Si decide utilizar un arma semiautomática, sólo podrá ser cargada con dos cartuchos.


Art. 7.5.
El cazador podrá abatir y cobrar un máximo de dos piezas de caza de las especies autorizadas, que recordará el Delegado Técnico a los participantes en la presentación, antes de su turno.


Art. 7.6.
En el caso de que hubiera abatido una pieza sin poder cobrarla, le será permitido una sola vez, que abandone la búsqueda para intentar tirar y cobrar las dos piezas necesarias, pero el Juez tendrá severamente en cuenta esta pieza de caza herida.Si después de esta primera pieza de caza herida y no cobrada, el participante hiere una segunda pieza, no podrá abatir otras sin antes cobrarla.


Art. 7.7.
El arma durante la prueba deberá llevarse siempre cargada. El arma descargada, mientras se concursa, se penalizará con (-5) puntos al cazador.
Se debe de abrir la escopeta para mostrar la caza a los jueces. Mientras no haya cobrado dos piezas puede seguir disparando si le quedan cartuchos.
Puede darse el caso:

1ª pieza: 1 disparo, fallado (-5 puntos)
2ª pieza: 1 disparo, fallado (-5 puntos)
3ª pieza: 1 disparo, fallado (-5 puntos)
4ª pieza: 1 disparo, fallado (-5 puntos)

Y tendría (-20) puntos como tirador, perdería puntos en precisión y habilidad, pero no hay por qué impedirle seguir compitiendo.
Pueden darse puntuaciones completamente negativas.

Art. 7.8.
Si el cazador ha cobrado sus dos piezas y le quedan cartuchos, le estará prohibido hacer uso de ellos, pero deberá continuar su recorrido con el arma cargada para dar al jurado la posibilidad de evaluar la continuación de su turno de competición.

 

Articulo 8: INTERRUPCIÓN DEL TURNO, DESCALIFICACIONES

Art. 8.1.
En el caso que el concursante dispare contra una pieza de caza no autorizada, quedará eliminado. Lo mismo ocurrirá si dispara contra una pieza de caza autorizada pero que está inmovilizada o que corra a pasos, sin haber sido previamente herida. Quedará igualmente eliminado si realiza más de cuatro disparos.


Art. 8.2.
El juez puede interrumpir el desarrollo del turno de competición y eliminar al concursante, si su conducta es peligrosa para sí mismo o para los demás. Los jueces deberán aplicar este artículo, sólo cuando sean realmente conductas peligrosas que puedan afectar a la integridad física de las personas (Público, Jueces, participantes, etc.) o del propio concursante con su perro.

Art. 8.3.
Si el cazador dispara contra una pieza de caza autorizada sin haber sido previamente interceptada por su perro (parada en perros de muestra), sólo podrá obtener puntos correspondientes al calificativo de “Suficiente” por lo que se refiere a la apreciación de la acción llevada a cabo por el cazador, tal como prevé el artículo 9.2, en razón de su falta de deportividad.
Por otra parte, si abate y cobra una pieza de ese tipo, no se le podrán atribuir los puntos previstos para “Tiro: habilidad del cazador”, tal y como prevé el artículo 9.1 a) y b).

Art. 8.4.
En caso de una catástrofe natural o condiciones atmosféricas adversas, que impidan la actividad venatoria según las leyes locales, el turno podrá ser interrumpido e incluso llegar a suspender la prueba por una disposición del Delegado Técnico, de acuerdo con el jurado. Los jueces deben procurar por todos los medios humanamente posibles que la prueba se realice, sólo deberán suspenderla cuando sea realmente imposible continuar.

Art. 8.5
Los jueces podrán suspender momentáneamente el turno de competición por una circunstancia excepcional y deberán de reanudarlo en el plazo más breve posible. Este aplazamiento detiene el tiempo de competición del participante que seguirá siendo de veinte minutos. Aclaración: debido a la presencia de ganado, presencia de personas en el campo ajenas al concurso, avería escopeta, lesión perro, lesión cazador, lesión Juez o
cualquiera otra excepcional. Si el Jurado observa en un tiempo prudencial que no es posible continuar el turno, dará por finalizado dicho turno.

 

Articulo 9: PUNTUACIÓN

Para clasificar a los concursantes, el Jurado podrá asignar a los mismos una puntuación como máximo de 100 puntos, en base a los tres apartados siguientes, respetando las normas citadas a continuación:


Art. 9.1.
Tiro: habilidad del cazador (20 puntos)

a) A condición de haber sido previamente mostrada, si es un perro de muestra, cada pieza de caza abatida y recogida con un único disparo recibirá: + 10 puntos
b) A condición de haber sido previamente mostrada, si es un perro de muestra, cada pieza de caza abatida y recogida con dos disparos recibirá: + 5 puntos
c) Cada pieza de caza no abatida ni al primero ni al segundo tiro, pero previamente mostrada o marcada, se deducirán: – 5 puntos
d) Cada pieza de caza abatida, que caiga muerta o herida y que no sea cobrada, pero mostrada o marcada antes del disparo, se le deducirán: – 10 puntos

Aclaración punto d): Esta deducción no se tendrá en cuenta si la pieza cae en un lugar inaccesible para el cobro (colgada de un árbol, acantilado,…), pero sí contarán los disparos efectuados.

Art. 9.2.
El juez tiene a su disposición un máximo de 40 puntos que puede asignar en función a la conducta del cazador, en base a las modalidades previstas en el Artículo 10.


Art. 9.3.
El juez tiene a su disposición un máximo de 40 puntos, que puede asignar en función de la actividad del perro, en base a las modalidades previstas en el artículo 10.

 

Articulo 10: CRITERIO DE JUICIO

Art. 10.1.
Con la finalidad de respetar una cierta uniformidad de juicio y con objeto de evidenciar el espíritu competitivo y educativo del Campeonato, es necesario tener en cuenta, particularmente las normas siguientes:

a) Los concursantes deben siempre efectuar su turno de competición por toda su duración, salvo los casos previstos en los Artículos 7 y 8. Basándose en la capacidad y en la conducta del concursante durante la prueba, el Juez tendrá a su disposición los elementos necesarios que le permitan asignar un máximo de 40 puntos.
b) Un máximo de 40 puntos deberá ser asignado en función de la conducta del perro, que tiene que ser considerada en segundo lugar respecto a la del cazador.
c) La puntuación de las piezas abatidas, debe ser el resultado de la suma aritmética sin otra consideración.

Art. 10.2.
La determinación de la puntuación de cada apartado, según el artículo anterior, es independiente una de otra.


Art. 10.3.EVALUACIÓN DEL CAZADOR
Por lo que se refiere al juicio sobre la conducta demostrada por el cazador durante su propio turno de competición, el jurado tiene a su disposición un máximo de 40 puntos que se asignarán en consideración a los siguientes apartados:

1. Educación cinegética y educación cinofila: un máximo de 10 puntos
2. Seguridad y habilidad: un máximo de 20 puntos
3. Espíritu deportivo: un máximo de 10 puntos.


Art. 10.3.1
Educación cinegética y educación cinofila, aquí el concursante deberá demostrar su capacidad y conocimiento de las normas en materia de caza, el respeto a la naturaleza y el conocimiento de las razas de perros de muestra en especial del Epagneul Bretón.
Para este apartado al final del concurso se realizarán cuatro preguntas (2 preguntas cinegéticas y 2 en cuestión de cinofilia), equivalentes a 2,5 puntos cada una, para esto se creara una lista de cuestiones que será publicada con anterioridad a la realización de los concursos. Sera realizada por el CEEB.

Art. 10.3.2.
Por seguridad y habilidad se entiende el respeto de las normas de seguridad durante el desarrollo del turno de competición para evitar daños posibles a sí mismo o a los demás, así como también un conocimiento técnico que tenga como resultado un mejor desarrollo
del turno de competición. Es necesario tener en cuenta, particularmente las siguientes normas de conducta:


a) Se tomará en consideración la manera que el cazador lleva la escopeta cuando se encuentra solo o cerca del Jurado o de los oficiales de la Competición.
b) Será considerable llevar la escopeta cerrada en posición de disparo y, además con el dedo sobre el gatillo o disparador. Esto no es aplicable si la escopeta se lleva abierta.
c) Se tomará en consideración la manera en la que el concursante tome sus decisiones en el momento de saltar un foso o bien en el momento de pasar por terrenos peligrosos, donde sería oportuno que el cazador sacara los cartuchos de la escopeta y controlara la parte interna de los cañones.
d) Será considerable utilizar la escopeta para hacer salir la pieza de caza de los matorrales.
e) Se tomará en consideración, en relación a la dificultad del terreno la conducta del concursante que localiza una pieza y decide, en la manera oportuna, efectuar su turno en una zona boscosa más o menos accidentada.
f) Se evalúa, en relación a la pieza que se pretenda cazar, la selección del tipo de cartucho y escopeta utilizada. Se recomienda utilizar escopeta de dos cañones. Se debe abrir la escopeta para entregar la caza a los Jueces, no siendo necesario descargarla.
g) La escopeta, siempre cargada, se podrá llevar o bien cerrada con el seguro puesto, o bien abierta.

 

SEGURIDAD Y CONOCIMIENTOS TÉCNICOS SOBRE 20 PUNTOS
 Seguridad en el concurso, seguro, arma prep.01 23 
 Arma, calibre, choque, elección de munición0,511,52 
 Análisis del recorrido, exploración, adaptación, …0,511,52 
 Seguridad en el recorrido, fosos, obstá…0123 
 Posicionamiento en el momento del lance0123 
 Arma sin seguro a la salida del pájaro (1 pto.)  012 
 Respeto a las distancias de seguridad0123 
 Técnica de conducción del perro, concocimientos0,511,52 
 TOTAL 20      

 

Art. 10.3.3.
Por espíritu deportivo se entiende la conducta del cazador en relación a la pieza de caza y a su perro.
Es necesario tener en cuenta, particularmente, las siguientes normas de conducta:

 

ESPÍRITU DEPORTIVO DEL CAZADOR SOBRE 10 PUNTOS
 Presentación: permisos, documentación, manejo0,511,52 
 Recorrido: silencioso, complicidad, comporta gral. 0,511,52 
 Parado disparado total segur. por el perro puesto 012 
 Pájaro no disparado por seguridad (1 punto por pajar) 012 
 Apreciaciones, presentación piezas, vainas, agradeci.0,511,52 
TOTAL 10

 

Se considera la conducta del cazador que, después de herir una pieza abandona la búsqueda para intentar abatir y cobrar las dos piezas necesarias, salvo que la pieza caiga en un punto donde el cobro sea imposible.


a) El juez examinará las condiciones de la pieza cobrada, para verificar que ésta no ha sido mutilada, por efecto del disparo. Es a criterio del juez examinar la pieza al finalizar el cobro o bien al finalizar el turno, e incluso si está seguro de que la pieza no está mutilada por la distancia del disparo, podrá indicarle al participante que la guarde o cuelgue según costumbre.
b) Se tomará en consideración la conducta que el concursante demuestra en relación a los Jueces, organizadores y demás concursantes. La conducta deberá ser la adecuada antes, durante y después del concurso, el Juez sólo tendrá en cuenta el tiempo directo de actuación, los veinte minutos.
c) Se considerará el disparo a piezas que estén fuera de tiro.

Aclaración: Éste es un punto en el que hay que tener en cuenta los cartuchos utilizados, el cañón de la escopeta (longitud cañón y choques) y el campo de competición si es una zona de bosque o limpia y de buena visibilidad. Sólo se aplicará grave demérito si la pieza está deteriorada.

d) Se tendrá muy en cuenta el disparar a piezas que se dirijan hacia los espectadores, pudiendo incluso, en caso de peligro palpable, ser el concursante descalificado.


e) Aquel concursante que de una manera ostensible pierda el tiempo de competición se le tendrá en consideración.

Aclaración: como ejemplo, dar repetitivamente agua al perro sin justificación, tardar un tiempo excesivo en colgarse la pieza abatida, mirar continuamente los cañones de la escopeta en un lugar sin dificultad de vegetación,…

Art. 10.4.
En caso de que una pieza herida por otro concursante sea cobrada por el perro, el juicio no concernirá a la conducta del perro, la pieza de caza no deberá ser cobrada por el concursante, sino entregada al personal de servicio presente sobre el terreno.

Art. 10.5.
El Juez debe poner mucho cuidado a las normas que pueden definirse como normas técnicas:

1. El cazador deberá de realizar ante los Jueces, y antes del turno de competición, una breve presentación personal con el perro atraillado, indicando su nombre y la Sociedad (o Autonomía o País) a la que representa; el nombre, edad y raza de su perro; el tipo de escopeta con la longitud de cañón y los choques utilizados, además de indicar los gramajes de los cartuchos y su número. El tiempo de turno de Competición comenzará después de esta presentación. Si hubiera desempate, deberá de repetírselo a los Jueces, antes de dicho desempate. También deberá de enseñar toda la documentación necesaria para la práctica venatoria de él y de su perro.
2. Los Jueces valorarán la colaboración y compenetración existente entre perro y concursante.
3. El cazador tendrá la capacidad de elegir el terreno más apropiado para un rápido cobro de la pieza.
4. El cazador y los Jueces observarán el máximo silencio durante el turno de competición para conseguir el mejor acercamiento a la caza.

Art. 10.6.
Además de dichas normas, que se pueden considerar de máxima utilidad para el mejor éxito del turno de competición, el Juez tiene que tener en cuenta las dificultades técnicas, atmosféricas o de la naturaleza del terreno y el tipo de caza que probablemente pueda encontrar.

Art. 10.7.
No existen notas de grave demerito. Ni para el concursante/cazador ni para el perro, las acciones con demerito serán evaluadas como corresponden en el apartado de seguridad y conocimiento técnico o en el apartado de espíritu deportivo.El perro tampoco tiene notas de grave demérito.

Art. 10.8. EVALUACIÓN DEL PERRO
En cuanto a la asignación de los 40 puntos a disposición del Jurado para evaluar la conducta del perro, la acción del perro será evaluada en base a los siguientes criterios:

a) Aspectos de adiestramiento.

El Jurado asignará un máximo de 20 puntos a la unión armónica entre el cazador y el perro; su obediencia y eficacia: regularidad de la búsqueda; inmovilidad al momento de la salida de la pieza y al momento del disparo con un arma de fuego; relación con la pieza y su diente dulce; respeto de la
pieza tanto de pelo como de pluma.

b) Cualidades Naturales.

Los Jueces asignarán, además un máximo de 20 puntos a la iniciativa del perro y a sus cualidades innatas para la búsqueda; el estilo del perro
deberá corresponder a su raza, tanto en su modo de andar, como su muestra o marcaje.
Su búsqueda y porte, capacidad de adaptación al terreno y su prudencia frente al tamaño de la pieza y guía o deslizamiento; perspicacia de su olfato.
Características propias de la raza que se juzga de acuerdo con su estándar.

Aclaración Art. 10-8.

Siendo ésta una prueba de caza, la valoración del perro sobre 40 puntos, se hará conforme a los dos apartados anteriores separados uno del otro, es decir, 20 puntos a las cualidades naturales y 20 puntos al adiestramiento. Una falta de adiestramiento no merma puntos a las cualidades naturales y viceversa, una falta de cualidades naturales no quita puntos al adiestramiento.

 

ADIESTRAMIENTO 20 PUNTOS
 Obediencia, eficacia, llamada 0,5123
 Contacto con el guía, cazador 0,5123
 Búsqueda rápida, ordenada, regular. 0,511,52
 Muestra firme, bloqueo con autoridad. 00,512
 Guía natural o a la orden 0,511,52
 Respeto a vuelo  012
 Respeto al tiro 012
 Cobro a la orden o natural 00,512
 Diente dulce en el porte de la pieza  00,51
 Respeto a la huida de la caza (peón)   01
 TOTAL 20    

 

CUALIDADES NATURALES 20 PUNTOS
 Instinto de caza, iniciativa1234 
 Estilo inherente a la raza1234 
 Sensibilidad de nariz y prudencia frente a la caza1234 
 Equilibrio y adaptación rápida al terreno de caza1234 
 Pasión por la caza1234 
 TOTAL 20     
      

 

Articulo 11: BAREMO DE APRECIACIÓN

Art. 11.1.
Con objeto de armonizar los fallos del jurado entre las diferentes baterías, los jueces se inspirarán en el baremo de puntos de evaluación que contempla este artículo, junto con el anterior 10.3 a 10.8. El Jurado deberá de llegar a un consenso sobre en qué apartado puntuarán al cazador y en cual al perro y una vez de acuerdo redactarán la tarjeta de puntuación. En caso de desacuerdo, prevalecerá el criterio del Presidente del jurado, que
será nombrado, antes de la prueba, pero se hará la media de las puntuaciones de los jueces presentes en esa batería.

Aclaración Art. 11.1:

Si un Jurado de dos jueces no se pone de acuerdo porque, por ejemplo, uno considera que el cazador merece una puntuación y el otro, que es el Presidente del Jurado, considera que su nota es otra diferente, se puntuará en la horquilla del apartado que indique el Presidente del Jurado, pero se hará la media de ambos jueces.
Igualmente en lo concerniente al perro. El mismo caso si son tres ó más jueces en la batería.

 

  CAZADOR (Sobre 40 Ptos.) PERRO (Sobre 40 Ptos.)
 Insuficiente 0 – 40 – 4
 Suficiente 5 – 105 – 10
 Bien 11 – 2411 – 24 
 Muy Bien 25 – 3025 – 30
 Excelente 31 – 4031 – 40

 

Articulo 12: CLASIFICACIÓN Y TÍTULOS

Art. 12.1.
El orden de clasificación está determinado por el total de la puntuación conseguida por cada cazador auxiliado por su perro.


Art. 12.2.
Están prohibidas las clasificaciones Ex aequo.


Art. 12.3.
En caso de empate en la clasificación individual, el orden se establece por la mayor puntuación conseguida por el participante con los disparos.


Art. 12.4.
En caso de nuevo empate, se considerará la mejor puntuación atribuida al trabajo desarrollado por el perro.


Art. 12.5.
En caso de nuevo empate, se considerará la mejor puntuación conseguida en, y por el siguiente orden:

1º Educación cinégetica.
2º Seguridad y habilidad.
3º Espíritu deportivo.

Art. 12.6.
El cazador clasificado en primer lugar en las eliminatorias Semifinales Inter-autonómicas con Epagneul Bretón será campeón de la la delegación Inter Autonomica .El título no podrá atribuirse si el concursante no ha obtenido al menos 60 puntos y abatido y cobrado una pieza.


Art. 12.7.
El cazador clasificado en primer lugar en la Final es “Campeón de España de Caza San Huberto del Club Español del Epagneul Bretón, por ese año. El título de Campeón de España no podrá atribuírsele más que a un concursante que haya obtenido al menos 60 puntos en su turno, y a condición de que haya abatido y cobrado al menos una pieza bien en su turno o bien en el desempate. En caso de existir dos series los dos primeros clasificados de cada serie, siempre y cuando hayan conseguido al menos sesenta puntos sobre cien (60/100), serán llamados a un desempate que se desarrollará en un turno reducido de 15 minutos. Las puntuaciones obtenidas en las series no contarán en este desempate. Si hubiera más de tres series pasará al desempate el primer clasificado de cada serie.

 

Articulo 13: PREMIOS

Al Campeón de España de Caza San Huberto con Epagneul Bretón, le será entregado un detalle, un diploma y un collar para el Epagneul Bretón, y será mencionado en el ranking del Club y en la revista del mismo.
Al segundo y tercer clasificado se le entregará una copa.

 

Articulo 14: DE RECLAMACIONES Y DEL COMITÉ DE COMPETICIÓN

La Delegación que organice la prueba, designará el Delegado Técnico y un Comité de Competición para entender y resolver cuantas incidencias se refieran al campeonato.El Comité de Competición estará integrado por un mínimo de tres personas.


14.1 Las decisiones del Jurado son inapelables.
14.2 Las reclamaciones, que no pueden jamás referirse a los criterios de juicio seguidos por el Jurado, deben entregarse por escrito al Delegado Técnico por parte de acompañante oficial del equipo.
14.3 La reclamación presentada contra la participación de un competidor, permite, por lo menos, a este participante competir bajo reserva de dicha reclamación
14.4 Las reclamaciones deben acompañarse del depósito de la tasa de reclamación, fijada cada año por el CEEB, con un importe diferente según sea la instancia (primera o apelación).
14.5 Si una reclamación tiene base, se devolverá la tasa; en caso contrario la tasa quedará en manos del organizador de la prueba.
14.6 Las reclamaciones se presentan al delegado técnico como muy tarde veinte minutos después del final de la competición (incluido el desempate).
14.7 El Delegado Técnico tiene que resolver en primera instancia la reclamación en un lapso de tiempo de media hora tras su presentación.
14.8 La decisión del Delegado Técnico puede ser objeto de un recurso ante el Comité de Competición mediante el depósito de una solicitud escrita al Presidente como muy tarde en los veinte minutos siguientes a la decisión emitida en primera instancia por el Delegado Técnico.
14.9 El Comité de Competición decide el resultado de la reclamación en el plazo de media hora, siguiente a la presentación de dicha reclamación.
14.10 La proclamación de los resultados queda suspendida hasta que se tomen las decisiones oportunas.

 

Articulo 15: EL PÚBLICO

El público presente en la Competición tendrá que comportarse correctamente, o sea, sin perturbar el desarrollo de la misma y sin expresar claramente su juicio.
El público deberá someterse a las disposiciones impartidas cada cierto tiempo por el Delegado Técnico o por los organizadores. Los transgresores serán alejados del campo de competición.

 

Articulo 16: FACULTADES DEL CLUB ESPAÑOL DEL EPAGNEUL BRETON

El CEEB, se reserva introducir modificaciones en el presente Reglamento, que fuesen necesarias para el mejor éxito de las pruebas.

Disposición Adicional
La organización tendrá prevista la existencia de un servicio sanitario adecuado.

Diligencia de Aprobación
El presente Reglamento ha sido aprobado por la Comisión Delegada del Club Español del Epagneul Bretón para la modalidad de San Huberto.